Conozca el Fondo Familiar de Asistencia Médica (FOFAM)

El Fondo Familiar de Asistencia Médica (FOFAM) es un fondo solidario y voluntario, el cual estará destinado a financiar hasta el 50% del valor de las prestaciones, fármacos, materiales e insumos clínicos, otorgados en el país, a las cargas familiares debidamente reconocidas del personal imponente y beneficiario del Sistema de Salud Naval, aun cuando ellos no perciban dicho beneficio, y que no se encuentren cubiertos con los recursos contemplados en el artículo 29 de la Ley 19.465, que establece el Sistema de Salud de las FF.AA, de conformidad a la bonificación establecida en los “Planes de Prestaciones del SISAN”.

¿Qué prestaciones son bonificadas con cargo al FOFAM?

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Serán bonificadas con cargo al FOFAM las Prestaciones Médicas y Odontológicas; fármacos, materiales e insumos clínicos; la provisión de ortesis,  endoprótesis y exoprótesis; lentes, marcos y prótesis oculares; el traslado en ambulancia por causa médica, siempre que sean Otorgados por las Unidades Ejecutoras del Sistema de Salud Naval (SISAN), establecimientos de Salud del Ejército, Fuerza Aérea y Caja de Previsión de la Defensa Nacional, o por los Organismos Públicos  o Privados y Profesionales con los cuales exista un convenio de atención vigente con sus respectivos aranceles y suscrito por el Director de Sanidad de la Armada y de acuerdo a porcentaje de bonificación establecido  

en el Plan N° 2 “Plan de Prestaciones SISAN Cargas Familiares Servicio Activo”,  que se encuentra disponible en: www.sanidadnaval.cl, en Personal Activo, “Reglamento del FOFAM”.

Incorporación al FOFAM

La incorporación del personal al FOFAM será voluntaria y se materializará al momento en que sea nombrado en la planta institucional, al igual como podrá hacerlo el personal de reserva cuando sea llamado a servicio activo para fines de desempeño, a través de una declaración en que manifieste su voluntad de incorporarse, de acuerdo a formulario que se encuentra disponible en www.sanidadnaval.cl, en Personal Activo, “Reglamento del FOFAM”, debiendo permanecer por un período mínimo de 18 meses.

Asimismo, pueden optar al FOFAM las cargas familiares legalmente reconocidas de los Empleados Civiles y Profesores Civiles imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, CAPREDENA.

  ¿Cómo se  financiará el FOFAM?

 Se  financiará con los siguientes aportes mensuales, que deberá efectuar el personal adscrito a este Fondo:

  • Con un aporte de un 1,2% del sueldo imponible.

 

  • Con un aporte equivalente del sueldo base Grado 14 de la escala de Sueldos de las Fuerzas Armadas para el Servidor Imponente que tenga cónyuge o hijos causantes de asignación familiar, aun cuando ellos no perciban dicho beneficio y de acuerdo a la siguiente tabla:

 

N° Cargas

Porcentaje Sueldo Base

1 carga

2,75%

2 ó más cargas

3,25%

Con un aporte de un 0,3% del sueldo imponible, que será para las prestaciones definidas en el “Plan de Prestaciones SISAN Complementario N°13”, destinado a financiar los fármacos de alto costo por enfermedades catastróficas, alivio al dolor y ayudas técnicas.

Mayor información ingrese a www.sanidadnaval.cl